bueno, sí, era una inocentada ;O)La Unión Europea ha establecido la obligación para todos los países miembros de compensar a los autores por la pérdida de ingresos a consecuencia de la práctica de la Lectura No Contributiva (en adelante LNC), habitual en los medios de transporte urbano. El concepto jurídico del Delito de LNC ha quedado establecido por el Tribunal Europeo de Vigilancia de los Delitos contra la Propiedad Inmaterial, ante la denuncia presentada por varias sociedades de gestión de cánones de penitencia colectiva.

En la denuncia se presentaron grabaciones en vídeo realizadas en autobuses y transportes suburbanos de Madrid, Barcelona y otras grandes ciudades del sur de Europa, como pruebas documentales que mostraban la extendida y persistente costumbre de practicar la LNC, popularmente conocida como «leer por encima del hombro». En la ciudad de Madrid en las horas punta se llegaron a contabilizar una media de 4 delitos de LNC por cada obra impresa o periódico de pago.

Las empresas y consorcios de transporte urbano tendrán un plazo de un año para acondicionar sus vagones y vehículos con barreras visuales que impidan la práctica de la LNC. En caso contrario deberán pagar un canon en compensación por el cuantioso daño que este delito supone para los legítimos propietarios de los derechos de propiedad inmaterial, que se ingresará a través de sus correspondientes sociedades de gestión.

Los partidos políticos españoles aún no se han posicionado sobre esta nueva directiva europea. Los analistas políticos consultados han sugerido que probablemente este posicionamiento se producirá a partir del 10 de marzo de 2008. El partido que se perfile como fuerza mayoritaria se manifestará a favor del cumplimiento de este pago, mientras que los restantes partidos, argumentarán rápidamente una posición absolutamente contraria.